Muy buenas y muchas gracias Enrique por tu rápida respuesta.
Me encuentro ahora con otra duda legislativa, en el Anexo IV de la Directiva Hábitats aparece la especie Triturus marmoratus, entiendo que este texto salió antes de la especiación de T. pygmaeus. La pregunta es ¿entra tambien la especie T. pygmaeus en dicho anexo?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo
Óscar.
Hola Oscar:
Pues eso siempre me lo he preguntado yo. Quizás deberiamos tener a un abogado para que nos lo contestará... Yo entiendo que si protegieron a una especie con una distribucion determinada, y esa especie, con posterioridad se ha separado en dos distintas deberian estar protegidas las dos, pero la realidad es que no lo se ha ciencia cierta. Si lo debes justificar de alguna forma, yo lo utilizaría segun fuera mejor mi conveniencia, ya que yo creo que esto es un agujero real y no creo que haya ninguna sentencia donde se haya aclarado estos temas...
Un saludo
Yo diría que legalmente si una especie se subdivide en dos, automáticamente quedan las dos protegidas. Es lo mismo que si cambia de nombre, lo que ocurre es que en este caso sólo una parte cambia de nombre.
Saludos
Albert Montori